Intimidad y Redes sociales
15.000 € De sanción por publicar fotos extraídas de un Facebook con perfil público.
Publicar fotos privadas de las Redes sociales sin consentimiento es sancionable. !OJO¡
En una sentencia del Tribunal Supremo se sanciona el hecho de publicar las fotografías de Facebook de personas sin solicitar previamente su consentimiento inequívoco.
La Noticia del Suceso lunes, 20/02 de 2017
La Sala Primera sanciona a un diario a indemnizar con 15.000 € a una persona de la que publicaron
fotos personales extraídas de su Facebook público.
El Pleno de la Sala I, de lo Civil, del Tribunal Supremo falló contra el diario en cuestión, tras la denuncia de
un hombre que vio como un diario publicaba en la portada de su rotativo fotos personales de un altercado que tuvo con su hermano así como datos personales de su
familia, suponiendo esto una grave violación a su derecho de imagen.
Según se deduce de los hechos de la noticia , en la que es condenado el diario con la sanción de 15.000 € por la publicación sin el consentimiento, fotos y datos personales que identificaban a la persona claramente que fueron sustraídos sin consentimiento de su perfil de Facebook público, en este se le identifica por su nombre de pila también a su familia por sus iniciales, la dirección del domicilio familiar exacta, el apodo por el que conocen al hermano, que el padre ejercía como doctor en la región, así como datos de salud de la madre, además se publican fotos de una accidente en una disputa entre los hermanos.·
El consentimiento será revocable en cualquier momento, pero habrán de indemnizarse en su caso, los daños y perjuicios causados, incluyendo en ellos las expectativas justificadas.
D. Gómez https://www.legalveritas.es
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